El 28 de Agosto en compañía de los Adultos mayores celebramos su día de conformidad con lo establecido por la LEY 271 DE 1996 de marzo 7; p or la cual se establece el Día Nacional de las Personas de la Tercera Edad y del Pensionado:
ARTÍCULO 1o. Establécese el Día Nacional de las Personas de la Tercera Edad y del Pensionado, el cual se celebrará el último domingo del mes de agosto de cada año.